

¿QUIÉN PUEDE ANIMAR?
Cualquier contribuyente, persona física, que presente una declaración de renta completa puede apoyar un proyecto autorizado para recaudar fondos bajo la Ley Rouanet.
¿COMO?
Las personas físicas pueden destinar hasta el 6% de su impuesto sobre la renta total a la cultura. La deducción se realiza mediante la declaración de la renta del ejercicio fiscal siguiente. El límite del 6% también debe incluir las asignaciones al Fondo de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, el Fondo de la Tercera Edad, el Fondo de Incentivo a las Actividades Audiovisuales y el Fondo de Incentivo al Deporte.
1.
DONACIÓN
Usted hace una donación al proyecto en marcha, en una cuenta específica en el Banco do Brasil, y recibe un recibo de la Fundación Bienal del Mercosur, un recibo de Mecenazgo.
2.
DECLARACIÓN
Usted declara el importe de la donación en su declaración de la renta, dentro del período impositivo en el que se realizó la contribución.
3.
DEDUCCIÓN
El importe invertido es compensado por el Gobierno (hasta el 6% del impuesto sobre la renta total a pagar).
¿Cómo puedo encontrar información del proyecto?
Esta y otra información está disponible en VERSALIC, el Portal de Visualización del Sistema de Apoyo a las Leyes de Incentivo Cultural . Escriba "14.ª Bienal de Artes Visuales del Mercosur" en el buscador.
¿Cómo puedo estar seguro de que se deducirá el monto de mi impuesto sobre la renta adeudado?
Para la creación de la Ley Federal de Incentivo a la Cultura, también llamada Ley Rouanet (Ley nº 8.313/91)
¿Dónde debo declarar el incentivo en mi declaración de impuestos sobre la renta?
El formulario de declaración presenta un ítem específico para la deducción.